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¿Qué hay de cierto en la noticia sobre la prohibición de las transacciones anónimas desde las billeteras autocustodiadas?

Actualizado: 28 mar



Los últimos días han sido bastante intensos en lo que a noticias sobre Derecho y tecnología se refiere, especialmente por el potencial conflicto que algunas de las decisiones podían suscitar para los derechos de los ciudadanos.


El lunes empezamos con el tema del casi bloqueo de Telegram, que finalmente, no ha prosperado y, hoy tenemos que hablar de una noticia que también ha rondado por las redes esta semana, respecto a una presunta decisión europea que prohibía las transacciones anónimas con billeteras autocustodiadas.


¿Qué ha pasado?


La noticia en diversos medios indicaba que se había decidido prohibir todos los pagos en criptomonedas desde las billeteras autocustodiadas (el usuario posee las claves privadas y, por ende, tiene el control total de sus fondos).


Esta noticia había levantando algunas ampollas en el sector legal y tecnológico, pues bajo la premisa de luchar contra el blanqueo de capitales, suponía en realidad una medida desproporcionada que entraba en conflicto con los derechos de las ciudadanos, al determinar de alguna forma el control total de sus fondos y la restricción del uso de las billeteras autocustodiadas.


No obstante, se ha quedado en otro susto, al menos por el momento.


¿Qué ha dicho en realidad hasta ahora la Unión Europea sobre los pagos en criptomonedas?


En el año 2015, se aprobó la Directiva de fecha 20 de mayo, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Como continuación a ello, en los últimos años la Unión Europea se encuentra embarcada en la creación de un marco jurídico que prevenga el blanqueo de capitales en distintos ámbitos. Como núcleo de dicha labor frente al blanqueo y la financiación del terrorismo, el Parlamento Europeo ha aprobado un conjunto normativo al respecto (AML/CFT) (que no es una regulación sobre criptoactivos) y, que incluye las siguientes medidas: 


  • Reglamento para crear una Autoridad de Lucha contra el blanqueo de capitales. 

  • Reglamento relativo a las obligaciones a cumplir contra el blanqueo de capitales aplicables al sector privado 

  • Directiva relativa a los mecanismos de lucha contra el blanqueo de capitales 

  • Revisión del Reglamento sobre Transferencias de Fondos (TFR). 

 

Este grupo normativo, identificado como Reglamento AMLR, es un marco amplio que se aplica a las llamadas entidades obligadas (OE), dentro de las cuales encontramos instituciones no financieras e instituciones financieras (incluyendo, los CASP – proveedores de servicios criptográficos-). Es decir, que este Reglamento AMLR se aplica también a los CASPs regulados en el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos, conocido como MICA.

 

Respecto a las transferencias entre CASPS y billeteras autocustodia, el artículo 31b del AMLR requiere medidas de mitigación del riesgo, incluyendo, por ejemplo, la recogida de datos adicionales sobre el origen y destino de los criptoactivos.

 

La noticia con la que hemos empezado el artículo y que ha generado un cierto alarmismo sobre la presunta prohibición de los pagos que hemos indicado anteriormente, parece derivar de una interpretación imprecisa de algunas de las posibles enmiendas que se han ido debatiendo respecto al texto del Reglamento MICA. Concretamente, en 2021 se propuso en el Parlamento una enmienda relativa a la limitación de pagos desde billeteras autocustodia a 1.000 euros. Sin embargo, dicha propuesta de enmienda del texto finalmente no salió adelante.




Escrito por:

Lara Novis (COO de EDJ Xtech Law School)

Óscar Fernández (Economista - Experto en criptomonedas & DeFi)


Bibliografía


[1] Nwaokocha, A. (2024) La UE prohíbe transacciones anónimas con billeteras autocustodidas. Cointelegrahp. https://es.cointelegraph.com/news/eu-enacts-ban-on-anonymous-crypto-transactions-via-self-custody-wallets

 

[2] Diestéfano, B. (2024, mar. 23) Pagar con wallets anónimas de bitcoin será ilegal en la Unión Europea. Criptonoticias. https://www.criptonoticias.com/regulacion/pagar-wallets-anonimas-bitcoin-ilegal-union-europea/

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